ARTICULO 1º: CONVALÍDASE todas sus cláusulas el convenio de fecha 26 de mayo de 1994 suscripto entre la DIRECCIÓN DE VIALIDAD de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Mar Chiquita, por el cual las partes convienen realizar la obra:…
ARTICULO 1º: ESTABLECESE, a partir del 1º de Julio de 1992, el valor/módulo de la consulta médica, la siguiente modalidad: VALOR MÓDULO (V.M.S.) $14,43.
ARTICULO 1º: MODIFÍCANSE, los puntos 3. GRUPO OCUPACIONAL TÉCNICO y 5. GRUPO OCUPACIONAL OBRERO, del Anexo II -Nomenclador de Cargos-, que integra la Parte II -Escalafón- del Anexo I de la Ordenanza N° 24/88.