ORDENANZA 026/1992

Título

ORDENANZA 026/1992

Materia

Economía

Descripción

ARTICULO 1º: Incorpórase en la Ordenanza Fiscal, en su PARTE GENERAL, título IV - RECURSOS, subtítulo "DE REPETICION", a continuación del artículo 12º, el siguiente: Artículo: La Municipalidad no hará lugar a la demanda de repetición sin la previa verificación de inexistencia de deuda por cualquier gravamen por parte del demandante. En caso de detectarse deuda por el gravamen cuya repetición se intente o por otro gravamen, procederá, previa determinación, compensar con el crédito reclamado, devolviendo o reclamándose las diferencias resultantes.
Promúlgase Decreto 761.

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1992/04/03

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza