Título
ORDENANZA 125/1990
Materia
Higiene y bromatología
Descripción
ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a proceder a habilitar la comercialización de productos alimenticios y no alimenticios por medio de la modalidad de un MERCADO COMUNITARIO.
ARTICULO 2º: En la localidad de Santa Clara del Mar, el lugar de emplazamiento del MERCADO COMUNITARIO será: en la calle San Francisco nro 1035, de dicha localidad. Se podrá implementar en cualquier otra localidad del partido, siempre que se cumplan con todos los requisitos de esta ordenanza, previa autorización del HCD.
ARTICULO 2º: En la localidad de Santa Clara del Mar, el lugar de emplazamiento del MERCADO COMUNITARIO será: en la calle San Francisco nro 1035, de dicha localidad. Se podrá implementar en cualquier otra localidad del partido, siempre que se cumplan con todos los requisitos de esta ordenanza, previa autorización del HCD.
Promúlgase Decreto 1875
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
1990/10/08
Relación
ARTICULO 23º: Deróguese, toda otra norma que se oponga a las disposiciones de la presente Ordenanza.
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
Cobertura
Santa Clara del Mar
