Título
ORDENANZA 081/2010
Materia
Salud
Descripción
MODIFICASE, a partir del 15/10/2010 el artículo 35 de la Ordenanza N° 103/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 35°: Establécese a partir del 15 de octubre de 2010 un Adicional por PRESENTISMO para el Personal Destajista que realice Guardias Médicas de 24 horas efectivamente trabajadas y de Obstetricia Activas de 24 horas efectivamente trabajadas.
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
26/10/2010
Formato
application/pdf
Idioma
spa
