Título
ORDENANZA 084/2007
Materia
Higiene y bromatología
Descripción
ARTICULO 1º: MODIFICASE, el artículo 34 incisos 1) y 3) de la Ordenanza General Impositiva para el año 2007 CAPITULO VIII TASA POR INSPECCIÓN VETERINARIA que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 34: Por la inspección en los Mataderos Municipales o particulares, Frigoríficos o fabricas que no cuenten con Inspección Sanitaria Nacional permanente: 1) Bovinos: por res. $2,28; 3) Porcinos: por res. $1,80.
Promúlgase Decreto 0009
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
2007/12/29
Relación
Modifica el artículo 34 incisos 1) y 3) de la Ordenanza General Impositiva para el año 2007.
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
