Título
MINUTA DE COMUNICACIÓN 003/2014
Materia
Economía
Descripción
ARTÍCULO 1°: Expresar que, según los registros e informes solicitados, la localidad de La Caleta no se halla sometida a ningún tipo de régimen de tercerización de servicios públicos. Ninguna persona física o jurídica está facultada para realizar cobros en concepto de barrido, alumbrado y limpieza en el sector público municipal. El único órgano competente para el cobro de estas tasas es la Municipalidad de Mar Chiquita. Dentro de la tasa de A.B.L. se contempla también la recolección de residuos y el mantenimiento de calles.
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
2014/12/03
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Minuta de Comunicación
Cobertura
La Caleta
