Título
ORDENANZA 108/1999
Materia
Economía
Descripción
La Municipalidad de Mar Chiquita adhiere a los términos de la Ley Provincial N° 10.740, la cual establece que las empresas prestadoras del Servicio Público de Electricidad de la Provincia de Buenos Aires deberán percibir, a solicitud y en representación de la Municipalidad, la Tasa por Alumbrado Público, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Promúlgase Decreto 1033
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
1999/09/01
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
