ORDENANZA 165/1998

Título

ORDENANZA 165/1998

Materia

Legales

Descripción

ARTICULO 1°: MODIFICANSE, los Artículos 7° y 10° de la Ordenanza Municipal N° 063/98, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "ARTICULO 7°: FUNCIONES DE LA COMISION. La Comisión Administradora de Servicios Rurales Municipales del Partido de Mar Chiquita tendrá la responsabilidad de proyectar y controlar el arreglo, conservación, mantenimiento y/o construcción de: A) CAMINOS RURALES, de jurisdicción directa y/o indirecta municipal. B) OBRAS HIDRAULICAS y Desagues. C) ELECTRIFICACION RURAL. D) CUALQUIER OTRA OBRA Y/O SERVICIO RURAL que a juicio y criterio de la Comisión sea conducente al progreso, mejoramiento y optimización de la producción y bienestar de los habitantes del mismo sector".
Promúlgase Decreto 1314

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1998/12/16

Relación

Modificación de los Artículos 7° y 10° de la Ordenanza 063/1998

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza

Cobertura

Partido de Mar Chiquita