Título
ORDENANZA 165/1998
Materia
Legales
Descripción
ARTICULO 1°: MODIFICANSE, los Artículos 7° y 10° de la Ordenanza Municipal N° 063/98, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "ARTICULO 7°: FUNCIONES DE LA COMISION. La Comisión Administradora de Servicios Rurales Municipales del Partido de Mar Chiquita tendrá la responsabilidad de proyectar y controlar el arreglo, conservación, mantenimiento y/o construcción de: A) CAMINOS RURALES, de jurisdicción directa y/o indirecta municipal. B) OBRAS HIDRAULICAS y Desagues. C) ELECTRIFICACION RURAL. D) CUALQUIER OTRA OBRA Y/O SERVICIO RURAL que a juicio y criterio de la Comisión sea conducente al progreso, mejoramiento y optimización de la producción y bienestar de los habitantes del mismo sector".
Promúlgase Decreto 1314
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
1998/12/16
Relación
Modificación de los Artículos 7° y 10° de la Ordenanza 063/1998
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
Cobertura
Partido de Mar Chiquita
