Título
ORDENANZA 30/2024
Descripción
ARTICULO 1°: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo a formalizar contratos de locación con opción a compra bajo la modalidad de contratos de leasing con Provincia Leasing S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en su forma de contratación directa de conformidad a lo establecido en el artículo 156° inciso 2) del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires). -------
ARTICULO 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:
Moneda: Pesos.
Destino: Adquisición de Maquinarias Viales.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. A pedido de Provincia Leasing S.A., esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes
ARTICULO 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:
Moneda: Pesos.
Destino: Adquisición de Maquinarias Viales.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. A pedido de Provincia Leasing S.A., esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes
Promúlgase Decreto 860.
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
2024/05/08
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
Cobertura
Partido de Mar Chiquita