ORDENANZA 125/1996

Título

ORDENANZA 125/1996

Materia

Economía

Descripción

MODIFICASE el artículo 20 de la Ordenanza Fiscal, el que quedará redactado de la siguiente manera: 'Los inmuebles ubicados en zonas urbanas o suburbanas del Partido, tributarán un mínimo imponible igual para todas las categorías, CABE DADO, además de la categoría que pudiera corresponderle por metro lineal de frente o fracción y por mes. Son contribuyentes y/o responsables del pago del presente gravamen: a) Los titulares del dominio de los inmuebles. b) Los usufructuarios. c) Los poseedores a título de dueño. Se considerarán como frentistas a los efectos de la adjudicación de la categoría correspondiente, todos los inmuebles que se encuentren afectados por dicho servicio... para todo el Partido de Mar Chiquita'.
Promúlguese Decreto 937

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1996/06/04

Relación

Modifica los artículos 20, 21, 23, 24, 26, 27 de la Ordenanza Fiscal vigente. Anula los artículos 32°, 33°, 34°, 35° y 36° de la Ordenanza Fiscal vigente.

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza

Cobertura

Coronel Vidal
General Pirán
Vivoratá
Santa Clara del Mar