Título
ORDENANZA 445/1995
Materia
Legales
Descripción
ARTICULO 1º: PRORROGASE por CIENTO OCHENTA (180) DIAS el plazo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza 095/1994.- La prórroga deberá contarse a partir de la fecha en que se hubiere producido el vencimiento del plazo original.
Promúlgase Decreto 2357
Autor
Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita
Fuente
HCDMCH
Fecha
1995/08/25
Relación
PRORROGASE y MODIFICASE el artículo 6º y 7º respectivamente de la Ordenanza 095/1994.
Formato
application/pdf
Idioma
spa
Tipo
Ordenanza
