ORDENANZA 445/1995

Título

ORDENANZA 445/1995

Materia

Legales

Descripción

ARTICULO 1º: PRORROGASE por CIENTO OCHENTA (180) DIAS el plazo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza 095/1994.- La prórroga deberá contarse a partir de la fecha en que se hubiere producido el vencimiento del plazo original.
Promúlgase Decreto 2357

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1995/08/25

Relación

PRORROGASE y MODIFICASE el artículo 6º y 7º respectivamente de la Ordenanza 095/1994.

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza