ORDENANZA 037/1994

Título

ORDENANZA 037/1994

Materia

Cultura y educación

Descripción

ARTICULO 1º: Previamente a la exclusión de un bien que resulte de dominio de un particular (art. 2347 Código Civil) entre las que gozarán de los derechos y obligaciones preceptuadas por la Ordenanza 129/1998, el titular de dominio y/o poseedor a título de dueño del bien deberá extender una autorización POR ESCRITO para que el bien mismo sea declarado como "BIEN CULTURAL DEL PARTIDO DE MAR CHIQUITA".
Promúlgase Decreto 0937

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1994/05/19

Relación

VER derechos y obligaciones preceptuados por la Ordenanza 129/1998

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza

Cobertura

Partido de Mar Chiquita