ORDENANZA 123/1992

Título

ORDENANZA 123/1992

Materia

Normativa

Descripción

ARTICULO 1º: La designación de nombres en avenidas, calles, plazas, plazoletas, rotondas, parques, barrios, edificios públicos o cualquier otro sector o bienes públicos de competencia de la Municipalidad, se ajustará a las siguientes limitaciones: a) Los nombres de personas podrán imponerse únicamente después de transcurridos cinco años desde el día de su fallecimiento cierto o presunto judicialmente declarado (...).
Promúlgase Decreto 1660

Autor

Honorable Concejo Deliberante. Partido de Mar Chiquita

Fuente

HCDMCH

Fecha

1992/09/25

Formato

application/pdf

Idioma

spa

Tipo

Ordenanza