DEROGASE, la Ordenanza N° 72/89.
FIJESE, a partir del 1° de julio de 1989, un incremento del ciento setenta y cinco (175%) por ciento en las remuneraciones de los agentes municipales.
ARTICULO 1º: APRUÉBASE, la Ordenanza General Impositiva para el Ejercicio 1988, de conformidad al texto adjunto que figura como Anexo I formando parte integrante de la presente.
El D.E. a través del área que corresponde, procederá a colocar en todas las Unidades Sanitarias del Partido carteles indicadores que mencionen que "la atención a carentes de recurso que acrediten tal condición en la dirección de Acción Social, es…
ARTICULO 1°: AMPLIASE el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($2.700), creando la siguiente Partida, en la finalidad 3-Servicios Especiales Urbanos:
2.5.2.2.5. Acondicionamientos boulevares $2.700